martes, 12 de abril de 2016

INCLUSIÓN SOCIAL

La Directiva 2000/78/CE del Consejo de 27 de noviembre de 2000 relativa al establecimiento de un marco general para la igualdad de trato en el empleo y la ocupación, establece un marco general para luchar contra la discriminación por motivos de religión o convicciones, de discapacidad, de edad o de orientación sexual en el ámbito del empleo y la ocupación, con el fin de que en los Estados miembros se aplique el principio de igualdad de trato.

Por lo que con esta entrada quiero remarcar ciertos datos para mostrar que aún encontramos discriminación en el ambito laboral.

Actualmente, en España, solo el 37% de las personas con diversidad funcional legalmente reconocida está activa en el sector laboral, 33 puntos por debajo de las personas sin diversidad funcional. Casi un 70%.
Según la BDEPD (Base de datos estatal de personas con discapacidad) 1 millón y medio de personas con nacionalidad española y cuya edad este comprendida entre los 16 y 64 años tienen reconocida su diversidad funcional, esto quiere decir casi un 5,5% de las población total en edad laboral.

El 10% de estas personas no percibe ningún tipo de salario, y de las que sí lo perciben el 80% tienen un contrato indefinido.

Hace tan solo 30 años esto era impensable hasta que en 1982, la Ley LISMI impuso que en una gran empresa, es decir, más de 50 trabajadores, tenía que haber un mínimo de un 2% de personas con discapacidad. Aún así, casi un 35% de las personas con diversidad funcional están en paro, casi 7 puntos más que las personas sin ella.

Pero esto último no quiere decir se les esté incluyendo en el ámbito laboral, si no los empresarios contratan a personas con diversidad funcional por que están obligados, no porque les consideren iguales al resto, un concepto que debería hacernos reflexionar.

Aquí dejo un video donde COCEMFE denuncia la discriminación laboral de las personas con discapacidad.



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